Registro Obligatorio de Comunicaciones Asamblearias y Beneficiarios Finales en el SIARA para S.A. y S.R.L.
El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (DGPEJBF), estableció desde marzo del 2026 que todas las Sociedades Anónimas (S.A.) y Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) realicen sus comunicaciones societarias y Registro Administrativo de Personas, Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales mediante el SIARA (Sistema Integrado de Administración de los Registros Administrativos)
1. ¿Qué deben comunicar las sociedades en el SIARA?
– Comunicaciones asamblearias: tanto las ordinarias como las extraordinarias que se realicen a partir de marzo 2026.
– Beneficiarios finales: identificación de personas físicas con propiedad o control final, cada vez que exista una actualización.
2. Requisitos previos
– Representante Legal registrado (RL). Debe contar con identidad electrónica y firma digital para realizar el trámite.
– Persona Autorizada (de optar por esta opción). La vinculación es automática.
– Documentos digitalizados en PDF y validados con la firma digital del RL.
– Datos societarios actualizados. Tanto de la empresa como de los accionistas y directores de manera a llenar todos los campos.
3. Pasos para realizar las comunicaciones en el SIARA
- Ingreso al sistema.
- Inscripción del Representante Legal (RL).
- Selección del trámite.
- Carga de información.
- Envío de informe. Se debe aguardar el análisis de la información y una vez aprobado se genera la Constancia de cada trámite. Puede darse el caso en que sea observado/rechazado.
4. Plazos obligatorios
– Comunicaciones asamblearias: 15 días hábiles desde la fecha de realización de la asamblea.
– Beneficiarios Finales y Estructura Jurídica: corresponde la actualización anual hasta junio de cada año o dentro de los 15 días de haberse producido algún cambio que afecte la declaración.
5. Consecuencias del incumplimiento
– El incumplimiento puede generar:
- Multas previstas en la Ley 6446/19.
- Observaciones o bloqueos en trámites que soliciten las constancias.
- Imposibilidad de emitir constancias o avanzar con gestiones societarias.
6. Tips prácticos
– Registrar al Representante Legal con anticipación, ya que su aprobación no es automática, tener a mano la documentación que acredita su vínculo en formato pdf y que contenga su firma digital. (Usualmente la última asamblea de asignación)
– Mantener los archivos digitales ordenados y que todos los pdf ya cuenten con la firma digital del RL.
– Realizar las Comunicaciones con el tiempo suficiente para no llegar a la fecha del vencimiento, en consideración a que todas las comunicaciones pasan por un análisis de aprobación.
Este contenido es meramente informativo y no constituye asesoramiento profesional. Para un análisis específico de su caso, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

