17 de abril de 2026

Registro Obligatorio de Comunicaciones Asamblearias y Beneficiarios Finales en el SIARA para S.A. y S.R.L.

El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (DGPEJBF), estableció desde marzo del 2026 que todas las Sociedades Anónimas (S.A.) y Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) realicen sus comunicaciones societarias y Registro Administrativo de Personas, Estructuras  Jurídicas y Beneficiarios Finales mediante el SIARA (Sistema Integrado de Administración de los Registros Administrativos)

1. ¿Qué deben comunicar las sociedades en el SIARA?

– Comunicaciones asamblearias: tanto las ordinarias como las extraordinarias que se realicen a partir de marzo 2026.

– Beneficiarios finales: identificación de personas físicas con propiedad o control final, cada vez que exista una actualización.

2. Requisitos previos

– Representante Legal registrado (RL). Debe contar con identidad electrónica y firma digital para realizar el trámite.

– Persona Autorizada (de optar por esta opción). La vinculación es automática.

– Documentos digitalizados en PDF y validados con la firma digital del RL.

– Datos societarios actualizados. Tanto de la empresa como de los accionistas y directores de manera a llenar todos los campos.

3. Pasos para realizar las comunicaciones en el SIARA

  1. Ingreso al sistema.
  2. Inscripción del Representante Legal (RL).
  3. Selección del trámite.
  4. Carga de información.
  5. Envío de informe. Se debe aguardar el análisis de la información y una vez aprobado se genera la Constancia de cada trámite. Puede darse el caso en que sea observado/rechazado.

4. Plazos obligatorios

– Comunicaciones asamblearias: 15 días hábiles desde la fecha de realización de la asamblea.

– Beneficiarios Finales y Estructura Jurídica: corresponde la actualización anual hasta junio de cada año o dentro de los 15 días de haberse producido algún cambio que afecte la declaración.

5. Consecuencias del incumplimiento

– El incumplimiento puede generar:

  • Multas previstas en la Ley 6446/19.
  • Observaciones o bloqueos en trámites que soliciten las constancias.
  • Imposibilidad de emitir constancias o avanzar con gestiones societarias.

6. Tips prácticos

– Registrar al Representante Legal con anticipación, ya que su aprobación no es automática, tener a mano la documentación que acredita su vínculo en formato pdf y que contenga su firma digital. (Usualmente la última asamblea de asignación)

– Mantener los archivos digitales ordenados y que todos los pdf ya cuenten con la firma digital del RL.

– Realizar las Comunicaciones con el tiempo suficiente para no llegar a la fecha del vencimiento, en consideración a que todas las comunicaciones pasan por un análisis de aprobación.

 

Este contenido es meramente informativo y no constituye asesoramiento profesional. Para un análisis específico de su caso, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

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